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Circular Circular:
De acuerdo a lo establedico en el decreto 1278 de Junio 12 de 2002 Parágrafo 1 del Articulo 12, el Articulo 21 y el literal L del Articulo 61 y teniendo en cuenta que han superado el periódo de prueba; se le informa que deben formalizar su vinculación.
Fecha:
10/01/2019
Dirigida a:
Docentes y directivos docentes en Periódo de prueba de los establecimientos educativos.
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Si tiene alguna solicitud, queja o reclamo por favor realizar la petición a través del SAC (Servicio de Atención al Ciudadano).